Inicio » FAQ » Generación de créditos de carbono
El protocolo de Kioto determinó además, que los países del Anexo I pueden cubrir una parte de su cuota de emisiones a través de tres mecanismos, llamados mecanismos de flexibilidad:
Los créditos de carbono son un instrumento económico contemplado en el Protocolo de Kioto. Cada crédito equivale a una tonelada de dióxido de carbono equivalente que ha sido dejada de emitir a la atmósfera. Únicamente pueden ser generados por los mecanismos establecidos en el Protocolo de Kioto. Según qué mecanismo se distinguen diferentes tipos de créditos:
El MDL es uno de los mecanismos de flexibilidad del protocolo de Kioto y su fin es ayudar a los países no Anexo I a lograr un desarrollo sostenible y ayudar a los países del Anexo I a dar cumplimiento de sus compromisos cuantificados de reducción de las emisiones de GEI. Este ahorro de emisiones debe ser certificado por una entidad operacional designada (EOD o DOE en ingles), acreditada por la junta ejecutiva del mecanismo de desarrollo limpio. Las reducciones certificadas de emisiones (RCE o CERs en inglés) así obtenidas pueden ser comercializadas y adquiridas por las entidades públicas o privadas de los países desarrollados o de las economías en transición para el cumplimiento de sus compromisos de reducción en el Protocolo de Kioto.
El mecanismo de aplicación conjunta consiste en la realización de proyectos en países desarrollados o con economías en transición, que generen un ahorro de emisiones adicional al que se hubiera producido en el supuesto de haber empleado tecnología convencional, o no haber incentivado la capacidad de absorción de las masas forestales. Este ahorro de emisiones debe ser verificado o bien por el país receptor del proyecto conforme a su procedimiento nacional, o bien por una entidad independiente acreditada por el comité de supervisión del mecanismo de aplicación conjunta. Las unidades de reducción de emisiones (URE) así obtenidas pueden ser comercializadas y adquiridas por las entidades públicas o privadas de los países desarrollados o de las economías en transición para el cumplimiento de sus compromisos de reducción en el protocolo de Kioto.
Los ingresos derivados de la comercialización de las unidades de reducción de emisiones del mecanismo de aplicación conjunta y de las reducciones certificadas de emisión del mecanismo de desarrollo limpio mejoran la viabilidad económica de los proyectos, originando un aumento de la demanda mundial en un número muy amplio de sectores: energías renovables, gestión de residuos, eficiencia energética, agua, generación eléctrica, procesos industriales o transporte.
El mecanismo de desarrollo limpio y el de aplicación conjunta abre las puertas a un amplio abanico de empresas de distintos sectores. Las oportunidades de negocio de este mercado afectan a todas aquellas empresas que participan en las diferentes etapas del ciclo del proyecto, desde la ingeniería y consultoría hasta la construcción, equipamiento, gestión y financiación, incorporándose además las empresas acreditadas para la validación de los proyectos y la certificación de las reducciones o absorciones de emisión.
En Europa se negocian en forma bilateral: la empresa que tiene acordados derechos, los vende a quien los necesita, fijando un precio al efecto. El nivel del precio lo va dando el mercado. No existe por ahora un parqué físico donde se puedan comprar y vender derechos. Sí existen brokers.
Cuando se pongan en funcionamiento pleno las bolsas de carbono, en los parqués de las respectivas entidades.
A través de las entidades financieras –como el Banco Mundial- que son titulares de CER’s por haber financiado proyectos MDL.
A través de brokers que detectan a las partes con necesidad de comprar o vender y las pone en contacto.
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(1) Obtenido por las oficinas de Sevilla y Rio de Janeiro
(2) Obtenido por la oficina de Sevilla